El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires formuló en 2023 un cargo deudor a un afiliado por aportes no ingresados entre 1993 y 2019, sin aplicar ningún plazo de prescripción. La primera instancia anuló el cargo por considerar prescripta la acción de cobro, porque una deuda no puede exigirse indefinidamente sin afectar la seguridad jurídica. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Sala II, rechazó la apelación del IPS y confirmó la sentencia, con fundamentos propios sobre el plazo aplicable.
Cómo citar este fallo
IPS bonaerense: confirman la prescripción del cargo deudor por aportes previsionales no ingresados durante la actividad. Compilado por Eliana Paola Oudin, Abogada (Estudio Jurídico Oudin). 6 de octubre de 2026. Fuente: De Luca, Federico Alfredo c/ Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires s/ pretensión anulatoria — previsión /// Cám. Apel. Cont. Adm. La Plata, Sala II; 06/10/2026.
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